viernes, 25 de enero de 2008

COMIENZAN PLAZOS PARA FINANCIAR OBRAS DEL ALTO PIURA


Gobierno publicó Ley 29193 Alto Piura
COMIENZAN PLAZOS PARA FINANCIAR OBRAS DEL ALTO PIURA

Tras saludar la publicación del texto de la Ley 29193 que Declara de Necesidad y Utilidad Pública la Construcción de la Presa de Tronera Sur y del Túnel Trasandino de derivación de las aguas dentro del Proyecto especial de Irrigacion e hidroenergético del Alto Piura, el Presidente del Gobierno Regional Piura, Dr. César Trelles Lara agradeció el trabajo cumplido por los congresistas piuranos.

Desde Cajamarca donde cumple funciones como integrante de la Junta Interregional del Norte – INTERNOR, la autoridad regional dijo que este dispositivo legal es una valiosa herramienta de trabajo que garantizar la inversión por parte del Estado peruano en las obras principales antes señaladas, las que deben iniciarse en el presente año.

Su gratitud además del Presidente de la República y Congreso de la República, la hizo de manera especial a los congresistas piuranos Johnny Peralta Cruz, Miguel Guevara Trelles, Rosa Maria Venegas Melo y Marisol Espinoza Cruz que jugaron papel muy importante en la Comision Permanente del Congreso de la República, lo que permitió obtener una votación favorable y determinante para las justas aspiraciones piuranas de hacer realidad el Proyecto Alto Piura.

“ Estos jóvenes congresistas han pasado a la historia, por que se pusieron a la altura de las circunstancias cuando la región lo requería. Han jugado un papel sumamente importante en función de los intereses de la región y de los 300 mil pobladores del valle del Alto Piura. Deben seguir en este horizonte” dijo el ex parlamentario piurano que ahora conduce los destinos de la región.

TEXTO DE LA LEY

El texto de la Ley 29193 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano dice textualmente:
Articulo 1º. Objeto de la Ley.
Declárese de necesidad y utilidad pública la construcción de la Presa de Tronera Sur y del Túnel Trasandino de Derivación de las aguas del río Huancabamba a la cuenca del río Piura.
Las construcciones a que se refiere el primer párrafo se llevarán a cabo dentro del Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergético del Alto Piura.

Art 2º Financiamiento y cofinanciamiento.
El Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergético del Alto Piura se efectuará mediante el cofinanciamiento entre el Gobierno Nacional, el Gobierno Regional, los gobiernos locales y el sector privado.
Sin embargo, la ejecución de las obras señaladas en el articulo 1º será financiada entre el Gobierno Nacional y los gobiernos locales . Para tal efecto, dispónese que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección de Endeudamiento Público, inicie las negociaciones y gestiones para concretar la operación de endeudamiento que para dicho proyecto , fue incluida en el Plan Anual de Concertaciones de Créditos Externos 2008, aprobado mediante la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2008, pudiendo el Gobierno Regional de Piura alcanzar propuestas de financiamiento.
Articulo 3º Encargatura
Encargase al Poder Ejecutivo para que, en cumplimiento de la presente Ley, proceda a priorizar la ejecución de la construcción de las obras a las que se refiere este dispositivo.
Artículo 4º Vigencia
La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Es rubricada por Luis Gonzáles Posada, Presidente del Congreso de la República,Aldo Estrada Choque, vicepresidente del Congreso de la República, Alan García Pérez, Presidente Constitucional de la República y Jorge del Castillo Gálvez, Presidente del Consejo de Ministros.

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