miércoles, 2 de marzo de 2016

Organismo electoral difundió lista definitiva de miembros de mesa
ONPE: Miembros de mesa cumplirán un rol fundamental para el éxito de las Elecciones 2016
Miércoles, 2 marzo 2016
Magazine Norteño
Un rol fundamental para el éxito las Elecciones Generales y de Parlamento Andino 2016 cumplirán los más de 463 mil miembros de mesa, titulares y suplentes, designados vía sorteo, afirmó hoy la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), al vencer el periodo de tachas, impugnación, apelación y resolución de tachas a ese cargo.
El organismo electoral informó que luego de publicado el listado definitivo de los miembros de mesa, que se inicia hoy, corresponde ahora que procedan a recoger sus credenciales y se capaciten con la debida anticipación, para desempeñar ese importante deber ciudadano.El listado definitivo de los miembros de mesa se difunde en el frontis de las 60 Oficinas Descentralizadas (ODPE) instaladas en todo el país, así como en sus respectivos locales distritales y lugares de mayor concurrencia en cada circunscripción.
También puede visualizarse en www.onpe.gob.pe, y puede ser consultado en el módulo virtual ubicado en la página web institucional, así como en el aplicativo Local de Votación disponible en Google Play y App Store. También se publicará de manera impresa en un diario de circulación nacional.
Los miembros de mesa contribuyen con el fortalecimiento de la democracia durante la jornada electoral. Como parte de sus funciones cumplen con instalar la mesa de votación, conducir el sufragio y realizar el escrutinio, que comprende llenar las actas electorales con los resultados de la mesa y entregarlas al personal de la ONPE.
Periodo de excusas
El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio de la República, estar incurso en alguna de las incompatibilidades señaladas en el artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones o ser mayor de setenta (70) años.
De acuerdo al artículo 58 de esa misma ley, la excusa sólo puede formularse por escrito, sustentada con prueba instrumental, hasta cinco (5) días después de efectuada la publicación del listado definitivo.
Así, solo pueden solicitar excusa los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, los funcionarios y empleados de los organismos electorales y los miembros de Ministerio Público y Defensoría del Pueblo que realicen funciones el día de los comicios.
También podrán hacerlo las autoridades políticas o representantes provenientes de elección popular, los ciudadanos integrantes de los comités directivos de las organizaciones políticas y los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa.
La excusa para ejercer el cargo de miembro de mesa también podrá presentarla los electores temporalmente ausentes de la República, los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que realicen actividades relacionadas con el desarrollo de la elección.
Además, los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, los ciudadanos que tengan la necesidad de ausentarse del territorio de la República, en caso de notorio o grave impedimento físico o mental, así como por ser mayor de 70 (setenta) años. En cada caso el miembro de mesa deberá adjuntar los documentos sustentatorios.
La excusa se presenta ante la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) que corresponde al lugar donde reside el miembro de mesa y también puede presentarse en la sede central de la ONPE, ubicada en el Jr. Washington 1894, Cercado de Lima.

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