martes, 12 de enero de 2016

Dirección de Trabajo promueve ley de modalidades formativas
Martes, 12 enero 2016
Magazine Norteño 
La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo viene promoviendo activamente la Ley de Modalidades Formativas Laborales, régimen especial de contratación que tienen como objetivo contribuir con el aprendizaje y desempeño práctico mediante tareas programas de capacitación y formación profesional para la futura inserción al mercado laboral, tal como lo indicó la titular de dicho sector en Piura, Econ. Verónica Luy Delgado.
El convenio de modalidad formativa se firma con el centro de estudios o centro de formación profesional y el contratado, según sea la modalidad. Señaló que al año pasado se registraron 1,278 convenios con este tipo de modalidad, siendo 394 preprofesionales y 442 profesionales.
Existen varias modalidades de la mencionada ley, entre los que figuran: De aprendizaje, que es la que busca complementar la formación específica adquirida en el centro de formación profesional, donde la persona que se contrate bajo esta modalidad puede seguir estudiando o ser recién egresado. Aquí se cuentan a las prácticas pre profesional; también están las prácticas profesionales, bajo esta modalidad solo se contrata a recién egresados.
Además se encuentra la modalidad de capacitación laboral juvenil, que está dirigida a jóvenes entre los 16 y 23 años que no tienen educación superior. Si los contratas bajo este régimen, tu empresa será su primera. Asimismo, tenemos la actualización laboral, este régimen no es para jóvenes, pero se incluye dentro de las modalidades formativas, donde su finalidad es mejorar la empleabilidad de personas entre 45 y 65 años que se encuentren sin trabajo por más de 12 meses seguidos.
Cuando se contrata a alguien bajo cualquiera de estas modalidades debe dárseles dirección técnica y los medios necesarios para que se formen laboralmente, pagar a tiempo la subvención mensual convenida y no quitarles su descanso semanal o sus feriados no laborables, además de sus 15 días de vacaciones anuales.
El personal que se contrate bajo cualquiera de estas modalidades tiene derecho a una subvención adicional equivalente a la mitad de su sueldo. También se deberá cubrir los riesgos de enfermedad y accidentes de los contratados a través de EsSalud o un seguro. Al final de su período laboral se le deberá entregar un certificado que detalle las capacidades que el trabajador adquirió en la empresa

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