lunes, 3 de junio de 2013

Nueve regidores de la Municipalidad de Piura
Empeñaron la dieta
Lunes, 3 de junio 2013
Magazine Norteño
Por prestar a entidad que fiscalizan los pueden vacar este miércoles en que habrá sesión extraordinaria.
Nueve de los quince regidores de la Municipalidad Provincial de Piura, tienen un descuento mensual por haber empeñado en la Caja Municipal la dieta que perciben como ingresos personales por su labor edilicia que tiene como principal característica un marcado ausentismo a las comisiones de trabajo pero celosa puntualidad a las sesiones ordinarias que les justifica esos pagos.
Consultado el gerente  de Crédito y Finanzas de la CMAC Piura, doctor Pedro Talledo, explicó al respecto que de acuerdo a la Nueva Ley General de Banca y Seguros,  su representada es una empresa con personería jurídica propia de derecho público que tiene  autonomía económica, financiera y administrativa con las limitaciones que establece el Decreto Supremo 157-90-EF y que en el caso particular de préstamos a los regidores no hay incompatibilidad en relación a al cargo que tienen como integrantes del Concejo Municipal. y beneficiarios de préstamos
LOS PRESTATARIOS
Este medio, accedió a la Relación de asistencia y pago de dietas por sesiones de Concejo mes de enero 2013, documento en el que se aprecia que tres regidores han prestado casi al cien por ciento  lo que percibirán al año y debido a los descuentos en esa planilla  perciben de un total a pagar de S/ 3,150 sólo 16 soles, lo que desalienta su labor y explica el desinterés en participar productivamente en sus tareas edilicias

CUADRO 1  INFOGRAFIA CON ROSTRO DE REGIDORES PRESTAMISTAS
Regidor                                   Dieta         Descuento CMAC   Neto a pagar             
María Rivas Plata Crisanto     S/. 3,150             1,895.50                      939.95
Walter Izaguirre  Cockburn          3,150             2,033.35                   1,118.65
Robert Bermejo Recoba              3,150              1,499.55                   1,650.45
Fabiola Castro Nieves                 3,150                   84.20                   2,682.63
Fabián Merino Marchán              3,150               2,815.80                       19.40
Miguel Ciccia Ciccia                   3,150               1,486.65                   1,349.35
Alfonso Llanos Flores                3,150               2,818.70                        16.30
Alberto Chumacero Morales      3,150              2,916.90                       233.10
Alexander Ipanaqué Sánchez    3,150              3,133.70                         16.30
 RECUADRO
LEY DE MUNICIPALIDADES 27972
Artículo 63° RESTRICCIONES DE CONTRATACIÓN
“El alcalde, los regidores, los servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden contratar, rematar obras o servicios públicos municipales, ni adquirir directamente o por  interpósita persona sus bienes. Se exceptúa de la presente disposición el respectivo contrato e trabajo, que se formaliza conforme a Ley de la materia. Los contratos, escrituras,  resoluciones, que contravengan lo dispuesto en este artículo son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales a que hubiese lugar, inclusive la vacancia en el cargo municipal y la destitución de la función pública.”          
ANGULOS
“Yo no he empeñado la dieta, considero que es incompatible ser fiscalizadores de una empresa municipal y a la vez ser beneficiario con préstamos, es una cuestión más de ética”
FLORESMILO YAXAHUNGA TAPIA
Regidor
“Hay que respetar la Ley de Municipalidades y no aprovecharse del cargo”
MILAGRITOS SÁNCHEZ RETO

Regidora.
ART° 201 Nueva Ley de la Banca y Seguros N°| 26702
“El conjunto de los créditos que una empresa del sistema financiero concede a sus directores y trabajadores, así como a los cónyuges y parientes de éstos, no debe exceder del siete por ciento(7%) de su patrimonio efectivo. Ningún director o trabajador puede recibir más del cinco por ciento (5%) del indicado límite global, tomando en con sideración para tal fin el cónyugue y los parientes”
Conflicto de intereses

La Ley de Municipalidades en su aplicación para el caso de la MPP, deja bien en claro, que el dueño de la CMAC Piura, es la Municipalidad, que los regidores en concejo eligen a los directores, aprueban sus balances y sobre todo están obligados a fiscalizar a la entidad financiera y por eso los regidores, Floresmilo Yaxhuanga, y Milagritos Reto, consideran que lo mejor es no aprovechar  el cargo y evitar contraer deudas con CMAC porque se advierten restrcciones de contratación.
¿Habrá vacancia?

Para dejar un precedente ético para que los regidores piuranos eviten en lo posible incurrir en la infracción al artículo 63 de la Ley de Municipalidades, en Mesa de Partes de la MPP, ya corre una solicitud de vacancia para los nueve regidores, que mantienen préstamos con la entidad a la que están llamados a fiscalizar y regular.. La petición debe resolverse en un plazo de 30 días en sesión extraordinaria del Concejo y remitirse los actuados al Jurado Nacional  de Elecciones, que resolverá en última instancia.
La Mesa de Partes de la Municipalidad Provincial de Piura, ha comunicado al ciudadano Jaime Eduardo Godos Curay, quien presentó el pedido de vacancia, expediente 00026838-que la vacancia será debatida este miércoles 5 de junio en sesión extraordinaria a las 5 de la tarde.
CIFRA
16.30. soles reciben de dieta dos regidores prestamistas.

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