viernes, 19 de junio de 2015

Realizó coordinaciones con el Ministerio Público, Defensoría y FF.AA.
ONPE coordina adecuada marcha de la primera consulta de demarcación territorial en dos distritos de Piura
Viernes, 19 junio 2015
Magazine Norteño 
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realiza coordinaciones para la correcta organización de la primera consulta vecinal de demarcación territorial en seis centros poblados de los distritos de Las Lomas y Tambo Grande, en la provincia y departamento de Piura, a desarrollarse el próximo 23 de agosto.
Para este efecto, el Gerente de Organización Electoral y Coordinación Regional de la ONPE, Armando García, mantuvo en la víspera una reunión de coordinación con representantes de la  Fiscalía de la Nación, Defensoría del Pueblo, del Jurado Nacional de Elecciones, y con las autoridades militares y policiales de la zona.
La cita se llevó a cabo en  la sede de la Oficina Regional de Coordinación (ORC) Piura, ubicada en la calle Los Geranios, Mz. P, lote 19, Urbanización  Miraflores, la misma que ya ha comenzado los trabajos de planeamiento y organización de la  consulta, la que motivará la concurrencia proyectada de 1,840 electores a las urnas.
De esta manera, la máxima autoridad electoral en la planificación, organización y ejecución de las elecciones busca asegurar el desarrollo adecuado de esta consulta de demarcación territorial, y que el elector pueda emitir su voto con total y absoluta normalidad.
Asimismo, que se garantice el cumplimiento del estado de derecho, la integridad física de la ciudadanía y funcionarios electorales; la seguridad de los locales de votación y el traslado del material electoral; así como proteger el patrimonio público y privado; y mantener el orden público.
La Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, prevé la realización de la consulta, como parte del procedimiento para el saneamiento en la determinación de límites con fines de demarcación territorial, con el propósito de que los pobladores de estos distritos se pronuncien por la circunscripción a la que desean pertenecer.
Así, con los resultados oficiales de la consulta, el Poder Ejecutivo formalizará la propuesta demarcatoria correspondiente, para su aprobación por parte del Congreso de la República.
En el caso específico de Piura, un informe técnico de la Presidencia del Consejo de Ministros precisa como antecedente el Expediente Unico de Saneamiento y Organización Territorial de la provincia de Piura, que señala que el tramo entre los distritos de Las Lomas y Tambo Grande se encuentra abierto, y debe ser tratado de forma individual al no existir acuerdo de límites entre ambos distritos.
A  través de la Resolución N° 155, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó recientemente el uso del padrón electoral elaborado y remitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para la consulta vecinal con fines de demarcación territorial, que comprende a 1,840 electores hábiles.
Los electores por centro poblado es como sigue: 8.4 ½ (77 votantes), CP14-Santa Rosa (197), CP4 (280),  CP5 (415), CP6 (566) y  San Martín- San Isidro (305).
El organismo electoral detalla que la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros solicitó la realización de la consulta vecinal en seis centros poblados definidos, identificados  y diferenciados, cada cual con sus respectivos habitantes y que, de manera independiente, debe ser considerados, cada uno de ellos, como una unidad o ámbito para la consulta a sus vecinos.
El referido informe identifica los centros poblados sobre los cuales no se ha llegado a un acuerdo limítrofe y, por tanto, sean materia de consulta vecinal, en el marco de la Ley N°27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y su Reglamento.  
La consulta vecinal fue convocada el pasado 18 de marzo,  mediante Resolución N° 0074-2015 del Jurado Nacional de Elecciones.

La ONPE informa asimismo que en el marco de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y  Organización Territorial, el voto será obligatorio para los ciudadanos que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ha empadronado como vecinos del ámbito involucrado.

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