jueves, 17 de octubre de 2013

LEY DE MERINO SE REGLAMENTA
Jueves, 17 de octubre 2013
Magazine Norteño
El Congresista por Acción Popular, Manuel Merino informó que el día de hoy se ha publicado el decreto supremo 257-2013-EF, mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de su autoría Nº 30062, ésta Ley establece que se incorpore al canon el 50% del impuesto a la renta que tributan las empresas que explotan petróleo y gas mediante contratos de licencia y de servicios.
“La aprobación del reglamento de la Ley  30062, de la cual soy autor, va a permitir que en este mes de octubre se inicie la transferencia a los gobiernos locales y gobierno regional del 50% del impuesto a la renta del año 2012 de las empresas que explotan petróleo y gas mediante contratos de licencia y contratos de servicio. Este decreto supremo contiene una disposición complementaria transitoria que indica que esta transferencia deberá hacerse efectiva a partir de este mes: junio, julio, agosto, setiembre y octubre se asignarán financieramente en este mes de octubre, y el de los meses siguientes se asignará en el mes correspondiente. Como lo informe anteriormente, la aprobación del reglamento  es el resultado de un trabajo conjunto con los alcaldes distritales y provinciales de Tumbes y permite paliar el problema generado por la disminución de las transferencias de canon que originaron la imposibilidad que las municipalidades puedan cumplir con la ejecución de las obras consideradas en sus presupuestos participativos y las metas establecidas por parte del Ministerio de Economía y Finanzas”, señaló el Legislador.
Asimismo, indicó que el reglamento de la Ley de su autoría establece el procedimiento que debe seguirse en lo sucesivo para efectos de la transferencia de este impuesto a la renta, “De acuerdo al reglamento, el Ministerio de Energía y Minas informará al Ministerio de Economía y Finanzas dentro de los 3 primeros meses del año quienes son los titulares o concesionarios o empresas, ubicación distrital del recurso explotado y su RUC. A los 10 días de recibida la información, el MEF solicitará a SUNAT los montos del impuesto a la renta pagados por dichos contribuyentes el año anterior. Y posterior a ello, a los 30 días de presentada la declaración jurada y pago del impuesto a la renta, SUNAT informará al MEF respecto a los montos de impuesto a la renta a transferir. Con la determinación del monto, se transferirán los recursos a los gobiernos regionales y locales hasta en un máximo de 12 cuotas. Es de señalar que de acuerdo a información proporcionada por la Superintendente de la SUNAT, los montos que corresponden distribuir entre todos los beneficiarios por la renta recaudada en el año 2012, es alrededor de 230 millones de soles” concluyó el Merino.

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