martes, 25 de marzo de 2008

Martes 25 Marzo 2008
Cumpla con sus obligaciones
MAÑANA SE INICIA VENCIMIENTO DE DECLARACIÓN ANUAL DE IMPUESTO A LA RENTA
Magazine Norteño
Mañana –miércoles 26 se marzo– se inicia el vencimiento de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2007. La SUNAT ha implementado diversos servicios para facilitar su presentación como la atención personalizada con horario ampliado en todas sus sedes y en la Central de Consultas telefónicas, así como Cabinas PDT en los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país.

Como resultado de las facilidades y mayores servicios, más de 50 mil contribuyentes ya presentaron la declaración, lo que demuestra el interés de la ciudadanía por cumplir, oportunamente, con sus obligaciones tributarias.

En los puntos de servicio –denominados Cabinas PDT–, el contribuyente podrá recibir orientación sobre el llenado de la declaración y obtener el archivo personalizado a través de SUNAT Virtual (
www.sunat.gob.pe), documento informático que contiene prácticamente toda la información sobre sus rentas, así como los pagos efectuados en el 2007.

Por otro lado, el ente recaudador ampliará sus horarios de atención a partir del 26 de marzo. Así, los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país y la Central de Consultas telefónicas con número 0-801-12-100, atenderán de lunes a viernes hasta las 6:00 p.m.

Lugares
Horarios de atención
Centros de Servicios
De lunes a viernes de 8:30 a.m. a 6 p.m.
Sábados de 9 a.m. a 1 p.m.
Central de Consultas
De lunes a viernes de 8 a.m. a 6 p.m.
Sábados de 8 a.m. a 2 p.m.

El cronograma de vencimientos para presentar la declaración, aprobado según el último dígito del número de RUC de los contribuyentes, se iniciará el 26 de marzo y finalizará el 8 de abril.

Personas Naturales

Están obligados a presentar la Declaración Anual las personas naturales que durante el año 2007 hubieran obtenido rentas superiores a S/. 30,188, que comprenden honorarios por el ejercicio independiente de su profesión u oficio, alquileres, ganancias por la venta no habitual de inmuebles, entre otros.

La presentación de esta información se realizará utilizando el Programa de Declaración Telemática (PDT- Formulario Virtual N° 659), que se podrá obtener a través de SUNAT Virtual (
www.sunat.gob.pe) y en los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país.
Tercera Categoría

Igualmente, deberán cumplir con esta obligación todas las empresas y negocios que generen rentas de Tercera Categoría, comprendidos en el Régimen General. La presentación se realizará también a través del medio virtual, en este caso con el Programa de Declaración Telemática (PDT - Formulario Virtual N° 660).

Los Principales Contribuyentes también pueden presentar su declaración y efectuar los pagos respectivos a través de la página Web del ente recaudador o en las oficinas y lugares designados para tal efecto.

Para obtener mayor información los contribuyentes pueden ingresar a SUNAT Virtual (
www.sunat.gob.pe), comunicarse con la Central de Consultas en el número 0-8001-12-100 o solicitar orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT en todo el país.

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