LEY DE MERINO SE
REGLAMENTA
Jueves, 17 de octubre 2013
Magazine Norteño
El Congresista por Acción Popular, Manuel Merino informó que el día de
hoy se ha publicado el decreto supremo 257-2013-EF, mediante el cual se aprueba
el Reglamento de la Ley de su autoría Nº 30062, ésta Ley establece que se incorpore
al canon el 50% del impuesto a la renta que tributan las empresas que explotan
petróleo y gas mediante contratos de licencia y de servicios.
“La aprobación del reglamento de la Ley
30062, de la cual soy autor, va a permitir que en este mes de octubre se
inicie la transferencia a los gobiernos locales y gobierno regional del 50% del
impuesto a la renta del año 2012 de las empresas que explotan petróleo y gas
mediante contratos de licencia y contratos de servicio. Este decreto supremo
contiene una disposición complementaria transitoria que indica que esta
transferencia deberá hacerse efectiva a partir de este mes: junio,
julio, agosto, setiembre y octubre se asignarán financieramente en este mes de
octubre, y el de los meses siguientes se asignará en el mes correspondiente.
Como lo informe anteriormente, la aprobación del reglamento es el resultado de un trabajo conjunto con los
alcaldes distritales y provinciales de Tumbes y permite paliar el problema
generado por la disminución de las transferencias de canon que originaron la
imposibilidad que las municipalidades puedan cumplir con la ejecución de las
obras consideradas en sus presupuestos participativos y las metas establecidas
por parte del Ministerio de Economía y Finanzas”, señaló el Legislador.
Asimismo, indicó que el
reglamento de la Ley de su autoría establece el procedimiento que debe seguirse
en lo sucesivo para efectos de la transferencia de este impuesto a la renta,
“De acuerdo al reglamento, el Ministerio de Energía y Minas informará al Ministerio
de Economía y Finanzas dentro de los 3 primeros meses del año quienes son los
titulares o concesionarios o empresas, ubicación distrital del recurso
explotado y su RUC. A los 10 días de recibida la información, el MEF solicitará
a SUNAT los montos del impuesto a la renta pagados por dichos contribuyentes el
año anterior. Y posterior a ello, a los 30 días de presentada la declaración
jurada y pago del impuesto a la renta, SUNAT informará al MEF respecto a los
montos de impuesto a la renta a transferir. Con la determinación del monto, se
transferirán los recursos a los gobiernos regionales y locales hasta en un
máximo de 12 cuotas. Es de señalar que de acuerdo a información proporcionada
por la Superintendente de la SUNAT, los montos que corresponden distribuir
entre todos los beneficiarios por la renta recaudada en el año 2012, es
alrededor de 230 millones de soles” concluyó el Merino.
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