Miércoles, 23 de enero 2013
Magazine Norteño
 “Como empresas estamos 
interesados en participar en este proceso de licitación del servicio público de 
transporte de pasajeros en rutas estructurales, pero aún hay plazo para 
comprarlas y espero que muchas empresas opten por el cambio y la formalización. 
Como transportistas pedimos el orden, la transformación, pidiendo que Piura se 
modernice, que haya un mejor servicio”, dijeron los representantes de empresas 
transportistas de pasajeros que esta mañana se acercaron a la Municipalidad de 
Piura a recabar las bases de esta licitación del plan de rutas.
“Como empresas estamos 
interesados en participar en este proceso de licitación del servicio público de 
transporte de pasajeros en rutas estructurales, pero aún hay plazo para 
comprarlas y espero que muchas empresas opten por el cambio y la formalización. 
Como transportistas pedimos el orden, la transformación, pidiendo que Piura se 
modernice, que haya un mejor servicio”, dijeron los representantes de empresas 
transportistas de pasajeros que esta mañana se acercaron a la Municipalidad de 
Piura a recabar las bases de esta licitación del plan de rutas.
Según explicó Justo Naquiche Silupú, representante 
legal de la empresa Nuevo Rayo, después de haber adquirido las bases, haremos 
las consultas respectivas y sean absueltas inmediatamente.
“Antes éramos inquilinos por más de 15 años, ahora 
ya somos propietarios y apostamos por mejorar, así por un plan que regule 
nuestras rutas. Esta legalidad nos permitirá asegurar a nuestros trabajadores, 
que durante estos años los hemos perdido y queremos tener un seguro social, 
tanto para nosotros como para nuestra familia”.
Agregó que las bases exigen el 50% de las unidades 
nuevas M3 en general y el 50% de las combis que con las que se vienen 
trabajando, todo esto dependiendo de la ruta. Tendrán en cuenta que sus abogados 
analizarán las bases y se puedan realizar las consultas. “Si algo no está bien, 
pedirlo de acuerdo a Ley, hay que tener en cuenta la ley marco que es el decreto 
supremo 027, el régimen de permanencia, el art. 19 de la ordenanza municipal 
082, en lo que concierne al capital social, de igual forma el decreto supremo 
017 del 2012”.
 
 
