VACAN A 2 REGIDORES
Martes 25 de Noviembre 2008
Magazine Norteño

A dichos Regidores se configura el acto de nepotismo cuando los funcionarios de dirección y/o personal respecto de parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, y por razones de matrimnonioo o cuando tales servidores ejerzen injerencia directa o indirecta en el nombramiento y contratación de personal, ademàs, que la injerencia directa se presumirá cuando el funcionario de dirección o de confianza que guarda el parentesco indicado, tiene un cargo superior a aquél que tiene la facultad de nombrar o contratar al personal, al interior de su entidad.
Por lo tanto el JNE declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por José Isidro Zapata Ruíz, y en consecuencia revocar el acuerdo de Concejo adoptado en sesión extraordinaria de fecha 3 de Julio del 2008 por el Concejo Distrital de La Unión.
En remplazo de José Engelberto Bayona Pingo, ingresará la ciudadana Imelda Maribel Huaco Coronado, y por José Enrique Amaya Chévez el ciudadano Eulogio Chávez Coveñas.