ONPE expuso en Mesa de Partidos cómo deben desarrollarse los comicios internos
En mes y medio se inicia plazo para que partidos elijan sus candidatos al 2016
Jueves, 27 agosto 2015
Magazine Norteño
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precisó hoy que dentro de 47 días se inicia el plazo para que los partidos políticos realicen sus elecciones internas de candidatos a la Presidencia y vicepresidencias de la República, Congreso y Parlamento Andino, con miras a los comicios generales del 10 de abril del 2016.
Para brindar la información sobre dicho proceso, el organismo electoral realizó una Mesa de Partidos en la cual funcionarios de la ONPE explicaron a los dirigentes de las organizaciones políticas todos los aspectos legales que deben considerar para elegir a sus candidatos a los comicios generales.
Los dirigentes fueron informados que, según el artículo 22 de la Ley de Particos Políticos vigente, las elecciones internas de candidatos se efectúan entre los 180 días calendario anteriores a la fecha de elección y veintiún días antes del plazo para la inscripción de los candidatos.
De acuerdo al cronograma electoral presentado por la ONPE, la elección de los candidatos a la Presidencia y vicepresidencias de la República debe realizarse del 13 de octubre al 21 de diciembre, mientras que las elecciones de postulantes al Congreso de la República y Parlamento Andino se deben desarrollar desde el 13 de octubre hasta el 20 de enero del 2016.
La Ley de Partidos Políticos precisa que, obligatoriamente, los candidatos a la Presidencia y vicepresidencias de la República, y al menos las cuatro quintas partes del total de candidatos a representantes al Congreso y Parlamento Andino, deben ser elegidos mediante elecciones con el voto universal, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y no afiliados al partido; de solo afiliados; o a través de los delegados elegidos por los órganos partidarios.
La ley permite que solo hasta una quinta parte del total de candidatos al Congreso y Parlamento Andino pueda ser designada directamente por el órgano del partido que disponga el Estatuto. Esta potestad no puede ser aplicada para el caso de los candidatos a presidente o vicepresidentes, quienes deben ser necesariamente elegidos.
Durante la Mesa de Partidos, que es un espacio de diálogo establecido entre la ONPE y estas organizaciones políticas, los funcionarios del organismo electoral explicaron en qué consiste la asistencia técnica que se brinda para el desarrollo de estos comicios internos, la cual es facultativa y está dirigida al órgano electoral central del partido político.
De acuerdo a la Ley de Partidos, la elección de los candidatos a cargos públicos de elección popular es realizada por un órgano electoral central de la organización política, el cual debe estar conformado por un mínimo de tres miembros y con autonomía con respecto a los demás órganos del partido político.
Este órgano electoral central tiene a su cargo la realización de todas las etapas de los procesos electorales del partido, incluidas la convocatoria, la inscripción de los candidatos, el cómputo de votos o la verificación del quórum estatutario, la proclamación de los resultados y la resolución de las impugnaciones.
La ONPE recordó que en el año 2013 se presentó una propuesta de reforma electoral, a fin de que las elecciones de candidatos de los partidos se realice en una sola fecha, con votación directa y secreta de solo afiliados y con la participación obligatoria del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (en la elaboración del padrón); la ONPE (en la organización del proceso) y el Jurado Nacional de Elecciones (administrando justicia electoral).
La Mesa de Partidos sobre Asistencia Técnica y Democracia Interna fue inaugurada por el jefe de la ONPE, Mariano Cucho Espinoza, quien adelantó que hasta la fecha de las elecciones se realizarán reuniones similares para tratar sobre temas de interés para los partidos, como la supervisión de fondos partidarios, la aplicación de tecnología en el voto, la jornada electoral, entre otros.
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