miércoles, 15 de octubre de 2008

Y que megaproyecto sea considerado en Presupuesto Público 2009 y Ley de Endeudamiento Público
CUMPLIMIENTO DE DECRETO QUE EXCEPTÚA DEL SNIP AL PEIHAP DEMANDAN ALCALDES
Miercoles 15 de Octubre 2008
Magazine Norteño
El fiel cumplimiento del Decreto Supremo Nº 055-2007-EF, que exceptúa del cumplimiento del SNIP incluida la declaración de viabilidad al “Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura, componente: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y del Túnel de Trasvase”, demandó la Mancomunidad de alcaldes provinciales de la región durante la reunión sostenida el día de hoy miércoles en el auditorio del Teatro Municipal de Chulucanas.

En la importante cita que contó con seis de los ocho alcaldes provinciales de la región, excepto los de Ayabaca y Huancabamba, además del Gerente General del Gobierno Regional, Ing. Freddy Aponte Guerrero, en representación del Presidente Regional Dr. César Trelles Lara, y del Gerente General de la Unidad Ejecutora del Alto Piura, Econ. Humberto Correa Cánova, otro de los acuerdos fue demandar el fiel cumplimiento de la Ley Nº 29193, que declara de necesidad y utilidad pública la construcción de la Presa Derivadora y Tronera Sur y del Túnel de Trasvase de las aguas del río Huancabamba a la Cuenca del río Piura.

Asimismo, la aprobación del Decreto Supremo Nº 012-2008-AG que prorroga las reservas de aguas procedentes de los ríos Huancabamba, Tabaconas, Manchará, Chotano y Chunchuca, así como de los afluentes de estos ríos, con excepción del río Paltic, afluente del río Chotano, a favor del Proyecto Alto Piura, hasta un volumen anual de 335 MMC, conforme se estableció en el Informe Técnico Nº 013-2006-INRENA-IRH.

También se pronunciaron por la no publicación del Decreto Supremo al cual ha hecho mención el Gerente General del Proyecto Olmos y que crearía el Comité Técnico Interregional Alto Piura-Olmos; e iniciar el proceso de Licitación Pública Internacional del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura, asumiendo el Gobierno Regional y Nacional las condiciones del repago pertinente

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