Recaudación del Sat Piura llega al 
38% de los 60 millones de soles para el 2013
Sábado, 13 de abril 2013Magazine Norteño
“Esperamos 
inclusive, antes de fin de año, cumplir con las metas impuestas por la 
Municipalidad de Piura en lo que a recaudación se refiere toda vez que hasta el 
momento hemos recibido 22 millones 600 nuevos soles, lo que representa el 38% de 
los 60 millones programados para el presente año, eso significa que vamos por 
buen camino”, dijo el gerente general del Sat Piura, Harry Rodríguez 
Castillo.
Agregó que en comparación con el año 
2012, el crecimiento es amplio y las acciones tendientes para lograr este 
objetivo es que se están realizando campañas de acercamiento dirigidas a los 
contribuyentes que tienen deudas con la entidad recaudadora.
“Si bien en febrero se cumplió con la 
premiación a los contribuyentes que pagaban todo el año de manera anticipada, 
igual invitamos ahora a las personas que tienen alguna morosidad, que no esperen 
que les estamos notificando la resolución de ejecución coactiva de siete días, 
caso contrario, nos veremos en la obligación de remitir los casos a las 
centrales de riesgo y trabando alguna medida cautelar como son retención de 
cuentas bancarias o inscripción de predios o vehículos en los registros Públicos 
a favor de la Municipalidad de Piura”, dijo. 
El tema de recaudación se refiere a 
todos los sectores en la jurisdicción de Piura, inclusive en los asentamientos 
humanos hay pobladores que tienen el patrimonio suficiente para cancelar sus 
obligaciones y no lo hace. “Eso es injusto para aquellos que viven en el mismo 
lugar y tributan”.
Rodríguez Castillo sostuvo además que 
se cuenta con una política de facilidades a todos los contribuyentes inclusive 
en diciembre y febrero, otorgaron amnistía tributaria y considera que siempre 
hay un mecanismo de salida, aunque la ley obliga a quienes a pesar de las 
facilidades no cumplen y de manera reiterativa vienen haciendo caso omiso, 
obliga a pasar a la siguiente etapa de asegurar ese pago con las medidas 
cautelares que el ejecutor coactivo disponga, es decir, puede trabarle alguna 
medida de retención de una cuenta bancaria en todo el sistema financiero o 
alguna de inscripción de un predio de un vehículo de la persona que figura como 
deudora ante la administración tributaria.
 
 


